El gobierno de Alberto Fernández autorizó este miércoles la realización de eventos culturales al aire libre de hasta 100 personas en el marco de las restricciones que todavía siguen vigentes por la pandemia de coronavirus Covid-19.

De acuerdo con la Decisión Administrativa 2101/2020 publicada en el Boletín Oficial con las firmas del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y del ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, en los shows deberá cumplirse con un extenso y estricto protocolo de seguridad sanitaria.

Entre las medidas dispuestos se incluye el control de temperatura corporal de los asistentes, la obligatoriedad de uso de tapa bocas a lo largo de todo el espectáculo así como de alcohol en gel, los shows no podrán extenderse por más de 90 minutos y se utilizarán códigos QR en los controles de acceso.

Con este aval desde el gobierno nacional ahora será el turno del Ejecutivo que conduce Axel Kicillof el de disponer la fecha de su efectiva reanudación y las reglamentaciones adicionales que se requieran.

Pautas del protocolo de seguridad definido para eventos culturales al aire libre:

* La emisión de tickets, sean gratuitos o pagos, será online mediante la plataforma que cada organizador determine. Son únicos e indican día y hora de la función. Dichos tickets, habilitarán al asistente a trasladarse hasta el predio del evento ante un debido control de circulación por parte de la autoridad de control.

* El acceso al evento se realizará mediante un código QR o en la pantalla de un celular.

* La interacción en el escenario entre los artistas será de al menos de 1,5 metros de distancia con tapaboca y en caso que no puedan usarlo deberán guardar una distancia mayor a dos metros .

* La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al coeficiente de ocupación de 1 personas cada 4mts2 en superficie descubierta ó al aire libre. El cálculo se realizará sobre la base de la superficie libre y por tanto efectivamente en uso.

* En caso de utilizar micrófonos, éstos no se podrán compartir, siendo responsabilidad del artista llevar el suyo.

* El organizador tiene la responsabilidad de establecer la mejor manera de distribución de público para garantizar el cumplimiento de la distancia social considerando:

1. El público debe ser ubicado de manera individual o grupal ante un mismo grupo que debe haber realizado la compra de ticket de manera conjunta, que no podrá ser superior a seis personas.

2. El índice de ocupación para determinar el máximo de público será de 1 persona cada 4 m2.

* La distribución del mismo, podrá realizarse seleccionando alguna modalidad de distribución según: Demarcación en el suelo, armado de “livings” (sillas y mesas que delimiten cualquier posibilidad de aglutinamiento), estructuras de división de espacios, cualquier otra estructura superadora en la que puedan disponerse los asistentes siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.

* La distancia entre asistentes deberá ser de 1,5m y entre grupos de personas entre sí, de como mínimo 2 metros.

* No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo. Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía.

* Será obligatorio durante todo el evento, el uso obligatorio de tapabocas, el cual solo podrá ser quitado en el caso de consumir alimentos o bebidas.

* Cada show deberá tener una duración inferior a 90 minutos, independientemente de los tiempos de armado, preproducción y desarme. En el caso de contemplar una jornada de más de un show, el plazo entre los mismos debe ser de 90 minutos.