Cines, teatros, museos, salas culturales, casinos, salas de juegos, gimnasios, academias de danzas y natatorios podrán funcionar todos los días, de 08.00 a las 21.30, y con un 30 por ciento de aforo. El comercio, con atención al público todos los días en el horario de 10:00 a 20:00 horas.
El Poder Ejecutivo Provincial dispuso los días, horarios y modalidades de atención de las nuevas actividades habilitadas y del funcionamiento del comercio.
La Resolución Ministerial N° 104 dictada por la cartera de Industria, Comercio y Empleo establece que cines, teatros, museos y salas de espectáculos de centros culturales, casinos y salas de juegos y gimnasios, academias de danzas y natatorios podrán funcionar todos los días, en los horarios de 08.00 a las 21.30 horas y con un 30 por ciento de aforo.
Además, el instrumento legal dispone que el comercio podrá funcionar con atención al público todos los días en el horario de 10:00 a 20:00 horas.
“Los servicios y actividades autorizados deberán respetar estrictamente los protocolos y aforos dispuestos por las autoridades competentes”, indica por último la Resolución Ministerial.
Autoridades del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo indicaron que las demás actividades habilitadas en el marco de la vigente Etapa Roja de Convivencia continúan su funcionamiento en los días y horarios indicados en disposiciones anteriores.