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Reunidos en el recinto Fray Mamerto Esquiú del Poder Legislativo en el marco de la segunda sesión extraordinaria, la Cámara de Senadores de la provincia dio su aprobación con modificaciones al proyecto de Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2019 por lo que vuelve a la Cámara de Diputados para su nuevo tratamiento.

Tras contar con el Despacho de Comisión correspondiente y con el acuerdo total del Cuerpo, el Senado decidió aprobar el Proyecto con media sanción de la Cámara baja incorporando al mismo una serie de modificaciones.

“Esta Ley constituye una herramienta imprescindible a la hora de encarar políticas públicas de crecimiento, considerando que una vez sancionada, permitirá integrar las arcas públicas con recaudación local por las actividades productivas, comerciales, de industrialización y de extracción, de prestación de servicios, como así también con las tasas retributivas por los servicios que presta la Administración Pública Provincial”, expresó el presidente de la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Legislación Laboral senador Ariel Espinoza tras apuntar que dicho proyecto “ha sido elaborado observándose la evolución de la economía Nacional y lo que se proyecta en términos financieros para el año entrante, a fin de no generar sobre los contribuyentes catamarqueños un rigor impositivo que sobrepase la premisa de equidad”.

De acuerdo con el proyecto aprobado por Senadores, el Impuesto inmobiliario, tendrá un incremento promedio del 35% respecto de la anualidad anterior. “Es decir, que se adoptó una forma de actualización que vaya en línea con la evolución del salario, cuando estamos cerrando 2018, con una inflación que seguramente superará el 45%”, explicó tras apuntar que para los Automotores, se mantiene la misma forma de cálculo y otorgamiento de beneficios que se aplicaron en el Ejercicio Fiscal 2018.

En cuanto a Ingresos Brutos, se mantendrán las alícuotas de 2018 con el fin continuar incentivando las actividades primarias de producción, según se estipula en el Proyecto aprobado.

“Los distintos ajustes que se pueden observar, son originados en la obligación de neutralizar el impacto de un alto índice inflacionario, como en el caso de la actividad comercial al por mayor,  cuyas alícuotas no tendrán variación entre este año y el próximo, pero  se procede al ajuste de la base  imponible para las progresividades de las alícuotas de los contribuyentes que superen ingresos mensuales de 17 millones y 90 millones, realizándolo en función de la variación de precios experimentados en el periodo presente, afectando con mayor carga fiscal a aquellos contribuyentes que evidencian un nivel superior de ingresos”, finalizó el Legislador.

Ampliación de temario

Por otra parte, en el punto “Comunicaciones”, se dio lectura a dos Decretos. En primer término al Decreto del Ejecutivo Provincial, por el que se solicita la ampliación del temario de sesiones extraordinarias, incluyendo el Proyecto de Ley para autorizar la extinción de la deuda de la EC S.A.P.E.M. con CAMMESA, Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico; en tanto, el segundo Decreto corresponde a la Presidencia del Cuerpo mediante el cual se informa el recibo de dicho instrumento y ampliación de los temas fijados.