Este colectivo vecinal autodenominado “StopFlyBondi“cuestiona la habilitación del aeródromo de la base militar para la operación de la empresas aéreas low cost como Fly Bondi, sin contar previamente con la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Se trata de un requisito fijado por la Ley de Ambiente, tanto nacional como provincial, que busca garantizar que la actividad a realizar no degrade el medio ambiente o afecte “en forma significativa” la calidad de vida de la población.

El aeródromo de la base militar El Palomar – ubicada en el partido de Morón a 18 km de la Ciudad de Buenos Aires- viene siendo utilizado como aeropuerto comercial desde febrero de 2018, a partir de que la Justicia levantara la medida cautelar pedida por los vecinos, y ya se convirtió en el octavo aeropuerto del país por pasajeros transportados.

En un fallo firmado la semana pasada, los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda le pidieron al Ministerio de Transporte de la Nación, al Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) -que depende de esa cartera- y a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) que informen “cuál es el organismo competente para emitir la Declaración de Impacto Ambiental” (DIA) prevista en la Ley de Ambiente (Nº 25.675), requerida para la habilitación de la actividad aerocomercial en el Aeropuerto El Palomar. Asimismo, pidieron que le remitan copia de esa DIA, junto con la documentación relacionada a esa decisión, en un plazo de 30 días.

El fallo con el pedido al Ejecutivo referido al Aeropuerto El Palomar

“Ahora y por primera vez desde que comenzara el litigio contra el aeropuerto trucho e ilegal de El Palomar, la Corte comienza a actuar e intervenir directamente en la causa“, sostuvo Lucas Marisi ante Infobae. Este abogado -y vecino del aeropuerto – es uno de los principales promotores del reclamo contra la operatoria comercial de aeródromo de la base militar.

Ante la consulta de este medio, desde la cartera que conduce Guillermo Dietrich buscaron en un primer momento minimizar la resolución del Máximo Tribunal, al señalar que se trata de “un pedido de información” y “no un aval al recurso de los vecinos”.

Si bien la Corte no se expidió aún sobre la cuestión de fondo, lo cierto es que decidió avanzar con el caso pidiendo la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que exige la ley, y que -según pudo saber Infobae– no consta en el expediente que llegó al Máximo Tribunal.

Ayer hubo una reunión en el Ministerio de Transporte para analizar la situación y esbozar la respuesta que le harán llegar a los jueces de la Corte.

“Hay Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida de las obras nuevas que se hicieron, emitida por el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), dependiente del Ministerio de Transporte de Nación. Esto se acompañó de dos estudios de impacto ambiental, una audiencia pública y 12 informes de mediciones mensuales. La Cámara manifestó que ya cumplimos con el principio precautorio de la Ley General de Medio Ambiente”, sostuvieron fuentes de esa cartera tras la reunión.

La cantidad de vuelos diarios en el Aeropuerto El Palomar se vino incrementando y, en noviembre del año pasado, el Gobierno nacional lo habilitó para vuelos internacionales. Hoy operan desde ese aeropuerto, además de la firma Fly Bondi, la chilena low cost Jet Smart . Hay jornadas en que los arribos y salidas llegan a los 40 por día, y en febrero solo Fly Bondi ya había superado el millón de pasajeros transportados.

La causa se inició con un amparo presentado en noviembre de 2017 ante el Juzgado Federal Nº 2 de San Martín, a cargo de la jueza Martina Forns, por Marisi en representación de los vecinos de Hurlingham, Morón, La Matanza, Tres de Febrero, San Martín y San Miguel. Reclamaron que se vería “afectado su derecho a vivir en un medio ambiente sano” por la contaminación acústica y atmosférica que generaría el uso del aeródromo militar por parte de aerolíneas low cost.

En la denuncia se pidió el cese del funcionamiento comercial del Aeropuerto El Palomar y de las “obras clandestinas e ilegales” iniciadas en la base militar por el Ejecutivo nacional ,”violando la Ley de Ambiente nacional y provincial”.

Además de reclamar que no se hizo el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para obtener la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), los vecinos alegaron cuestiones de seguridad relacionadas con la base militar – como que la pista era corta-, que estaba rodeada de centros urbanos y que era cercana al Colegio EMAÚS, la Fábrica 3M y la chimenea de la empresa Goodyear.

Desde el Ministerio de Transporte de la Nación y la ANAC aseguraron que el aeropuerto de El Palomar cumple con todas las medidas de seguridad inherentes a la operación aerocomercial y que las aerolíneas low cost tienen las mismas exigencias que cualquier otra aerolínea y se someten a los mismos procedimientos de fiscalización y control.

Los vecinos también reclamaron ante la Justicia que las obras de remodelación de la estación aérea podían alterar lugares que fueron parte del aparato represivo durante la última dictadura, y que están protegidos por la Ley de Sitios de Memoria. Desde esa base, la Justicia corroboró que partían los llamados “vuelos de la muerte”, en los cuales se arrojaban al río a personas detenidas ilegalmente .

Si bien Marisi sostuvo que “no existe el acta administrativa firmada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que autorice las obras” en ese predio, el juez federal Daniel Rafecas, a cargo de la investigación de los hechos denunciados en la base militar,  rechazó un amparo para frenar las obras en la terminal aeroportuaria, por considerar que no comprometían aquellos lugares que habían sido reconocidos por las víctimas.

Polémica sobre el estudio ambiental

El 10 de enero de 2018 la juez Forns le hizo lugar a la medida cautelar solicitada por los vecinos, y le pidió a los demandados – el Poder Ejecutivo Nacional y la ANAC- que hasta tanto el ORSNA haya autorizado la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que debía ser presentada por la Empresa Aeropuertos Argentina 2000, el Ministerio de Transporte se abstuviera de continuar con las obras de los hangares en el aeropuerto.

La magistrada también le pidió al secretario ejecutivo del Archivo Nacional de la Memoria que se pronunciara acerca de la autorización para las obras previstas en ese sitio de la Memoria.

Apenas dos semanas después,  el 26 de enero, el Ejecutivo presentó un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) realizado por Aeropuertos Argentina 2000, firmado por el Gerente de Medio Ambiente, Seguridad e Higiene de la empresa, Fernando Graña, y el representante técnico ambiental, Pablo César Durán, licenciado en Gestión Ambiental Urbana.

En ese estudio se concluyó que “los niveles de ruido serán menores que los históricos, principalmente debido a las mejoras tecnológicas de las aeronaves de la empresa que dará el servicio”. Fue acompañado de un informe técnico con conclusiones coincidentes del Grupo de Transporte Aéreo (GTA) del Departamento de Aeronáutica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata.

Forns dispuso entonces el levantamiento parcial de la cautelar, y autorizó a la empresa Fly Bondi a comenzar a operar un máximo de tres vuelos diarios -77 mensuales-, hasta tanto se realizara una nueva Evaluación de Impacto Ambiental y ésta fuera autorizada por el ORSNA.

Flybondi - Palomar (2)Un avión de la empresa Fly Bondi al despegar de El Palomar

También ordenó que el ORSNA realizara “un monitoreo permanente de Impacto Ambiental durante los siguientes seis meses, adjuntando un informe bimestral, sobre las consecuencias ambientales de la actividad aerocomercial que se desarrollaría en el Aeropuerto El Palomar“.

Marisi se quejó porque la decisión de levantar parcialmente la cautelar Forns la tomó sin haberle corrido traslado a los vecinos -como parte actora-, y sin haberle permitido acceder a ese estudio ambiental presentado por el Ejecutivo. Cuando finalmente pudo hacerlo, se encontró con que más de 150 hojas de la copia -entre las que estaban los mapas de ruido – “estaban ilegibles“.

En su apelación ante la Cámara de San Martín, Marisi también alegó que la presentación de “un estudio de impacto ambiental no suplía ni reemplazaba el cumplimiento del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, exigido tanto por la ley 25.675 como por la ley provincial 11.723“.

Asimismo, este abogado objetó al perito Durán por ser empleado de Aeropuertos Argentina 2000, y cuestionó que la realización del estudio quedó “en manos de las propias accionadas sin ningún tipo de control, ni del Tribunal, ni de la parte actora“.

Finalmente, Marisi reclamó que no se tuvo en cuenta el informe técnico del CONICET presentado por los vecinos. Firmado por Rodolfo Pregliasco, doctor en Ciencias Físicas de la Universidad de Buenos Aires, advertía que la base militar El Palomar se encontraba “en el cuarto lugar dentro de los peores aeropuertos del mundo”, por su ubicación de extrema cercanía a zonas urbanas residenciales.

(Guille Llamos)El Aeropuerto está cercano a zonas urbanas residenciales (Guille Llamos)

Luego del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) de enero de 2018, la cartera de Transporte presentó otros dos “informes de avance” mensuales de “muestreos in situ y calidad del aire” en febrero y marzo, así como un segundo Estudio de Impacto Ambiental, elaborado por Aeropuertos Argentina 2000, en conjunto con el GTA de la Universidad de La Plata y el laboratorio de análisis industriales FAISAN S.A.

Según este nuevo informe de 294 páginas de marzo de 2018, “el factor generador del mayor impacto ambiental que surge en esta evaluación es, como ocurre en todos los aeropuertos, el ruido“. Asimismo señala que “la población del entorno que podría ser afectada se encuentra en una zona muy acotada y para esos sitios identifica las medidas de mitigación acústica que se puede adoptar”.

En cuanto a las emisiones de gases por las operaciones aeronáuticas, asevera que “todos los niveles determinados están por debajo de los niveles de norma y sus mapas modelados no implican impactos relevantes“.

El estudio presentado por la cartera de Transporte ante la Justicia concluye: “Por estas y otras razones detalladas en el presente estudio de impacto ambiental, se considera que el incremento de los servicios aeronáuticos comerciales desde el aeropuerto El Palomar puede realizarse de un modo sustentable sin mayores inconvenientes.”

Marisi impugnó este informe adjuntando un análisis técnico realizado por el investigador del CONICET Pregliasco, quien sostuvo que “por las distancias entre las cabeceras de pista y las viviendas, el aeropuerto se encontraba entre las peores condiciones de los 32 ejemplos presentados”.

Para este experto, “los niveles de ruido que se consideraron en los escenarios futuros eran superiores a cualquier circunstancia histórica en el lugar”, “las hipótesis sobre las que se hicieron los mapas de ruido no estaban claramente descriptas”, y “no se explicitó la cantidad de población que estaría expuesta a dosis mayores que 55, 65 y 70 dBA” (unidad de medida de la acústica).

En apoyo al amparo presentado por Marisi y los vecinos, se presentaron en la causa los concejales del Municipio de Morón y de Tres de Febrero en carácter de “terceros coadyuvantes”, en tanto que la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Fundación ECOSUR pidieron ser amicus curiae (amigos del tribunal).

Tras el segundo Estudio de Impacto Ambiental de marzo de 2018, el Ejecutivo pidió el levantamiento completo de la cautelar. Poco después, el 10 de abril del año pasado, el juez subrogante Néstor Barral accedió, al considerar que se había cumplido el requisito del retiro de los materiales  explosivos de los polvorines de la base cercanos a la pista. Permitió así la operación plena del aeródromo y la continuidad de las obras pendientes.

Lucas Marisi El Palomar y Acceso a la Informacion (1)Lucas Marisi, vecino de Hurlingham y abogado patrocinante de la denuncia

Marisi apeló nuevamente esa decisión ante la Cámara Federal de San Martín, como lo había hecho con el primer levantamiento parcial de la cautelar. Pero la Sala I de este Tribunal confirmó la decisión del juez de primera instancia, al sostener que el caso se había tornado “abstracto”. También rechazó sus pedidos de nulidades.

El abogado decidió entonces recurrir a la Corte, entre otros argumentos, porque el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) presentado por el Ministerio de Transporte no es equivalente a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) exigida por la ley para obtener la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que requiere la operatoria comercial en el aeródromo de El Palomar. Y asegura que la EIA, hasta ahora, no fue realizada.

Esa distinción señalada por Marisi fue destacada por la propia Cámara de San Martín. “Es importante distinguir la ‘Evaluación de Impacto Ambiental’ (EIA) del ‘Estudio de Impacto Ambiental’ (EsIA). Este último es el que realiza el proponente de un proyecto, acción u obra y la evaluación es la actividad que realiza el Estado sobre los EsIA presentados. La “Declaración de Impacto Ambiental” (DIA) a la que refirió el accionante en su escrito liminar (por Marisi), es el acto administrativo que emana de la autoridad ambiental –ya sea nacional o provincial- luego de haberse llevado adelante todo el procedimiento de EIA“.

Ante la nueva consulta de Infobae sobre el carácter del informe presentado por el Ministerio, desde esta cartera insistieron en que “hay  Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida de las obras nuevas que se hicieron”, y destacaron que además de los dos estudios de impacto ambiental, se presentaron informes mensuales de mediciones y se realizó una audiencia pública sobre el tema.  En efecto, la audiencia fue ordenada por la jueza Forns y se realizó el 28 de marzo del año pasado.

La Cámara manifestó que ya cumplimos con el principio precautorio de la Ley General de Medio Ambiente”, afirmaron desde la cartera Transporte.

El 19 de diciembre último, este Tribunal de alzada consideró que los dos Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) presentado por ese ministerio “reunirían los requisitos mínimos que exige la ley 25.675 (de Ambiente), quedando acreditado prima facie la inexistencia de daño ambiental con el inicio de la operatoria aerocomercial en el Aeropuerto El Palomar, como asimismo con la autorización de incremento de los vuelos“.

La Cámara de San Martín contempló también otro argumento usado por el Gobierno: si bien la base aérea de El Palomar se incorporó al Sistema Nacional de Aeropuertos recién a través del decreto 1092/2017 dictad por Mauricio Macri, “ya se encontraba habilitada para la aviación general y comercial desde el 13/12/1968, y la exigencia establecida en la mencionada norma era la realización de un EsIA y no, que se llevara adelante una EIA ante la autoridad ambiental“.

Según destacó el gobierno en sus presentaciones judiciales, “el Aeropuerto El Palomar ya fue utilizado anteriormente para operaciones comerciales modernas de gran escala. Específicamente, en noviembre 2010, cuando cerró Aeroparque por un mes, se designó a El Palomar, por sus cualidades favorables a la seguridad de las operaciones aéreas, como aeropuerto alternativo al Aeroparque Jorge Newbery”. Ese mes, el aeródromo de la base militar registró  “1.249 aterrizajes y despegues, con un promedio de 44,6 movimientos diarios”.

Pedido de un informe ambiental al OPDS

Si bien los camaristas Marcos Morán, Marcelo Darío Fernández y Juan Pablo Salas convalidaron la decisión del juez de primera instancia, ordenaron en el mismo fallo que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), la autoridad provincial en la materia, elabore “un detallado y acabado informe ambiental”.

Esta disposición fue apelada a su vez por el Ministerio de Transporte, que también recurrió a la Corte en queja, por considerar que el aeropuerto se trata de “un terreno federal”. Este otro recurso aún no fue resuelto por el Máximo Tribunal.

“Hoy la situación del Aeropuerto El Palomar sigue siendo igual o más ilegal que cuando iniciamos el amparo”, asegura Marisi.

El destino judicial del Aeropuerto El Palomar sigue con final abierto.