Andrea Centurión, ministra de Educación de Catamarca.

Entre las resoluciones aprobadas en una reunión del Consejo Federal de Educación, figura que estudiantes y docentes del grupo de riesgo “serán eximidos de asistir de manera presencial al establecimiento educativo, presentando certificado médico”.

En el marco de la 102º Asamblea del Consejo Federal de Educación, la ministra Andrea Centurión brindó precisiones sobre las diferentes resoluciones que se aprobaron en conjunto para todo el país, priorizando “la apertura de las escuelas y la reanudación de clases presenciales bajo condiciones de seguridad sanitaria y cuidado de la salud de la comunidad educativa, en forma escalonada”.

La Asamblea ratificó que “las clases iniciarán en todos los niveles obligatorios y modalidades en las fechas fijadas en el calendario escolar de cada jurisdicción”. Estableciendo que en la situación excepcional que impone la pandemia, las distintas formas de escolarización se implementarán de acuerdo a las siguientes condiciones:

– Presencial: supone la asistencia regular a la escuela todos los días de la semana en el horario establecido por cada jurisdicción. Sólo podrá implementarse en las escuelas en las que la relación entre la cantidad de estudiantes y el espacio físico permita cumplir con el distanciamiento físico establecido en los protocolos.

– No presencial: supone que toda la escolaridad se cursa sin asistencia a actividades presenciales. Queda reservada a estudiantes que por razones de salud pertenezcan a grupos de riesgo y no puedan asistir a la escuela de manera presencial y a estudiantes matriculados en escuelas en las que, por decisión de las autoridades educativas y sanitarias jurisdiccionales, no puedan habilitarse actividades presenciales.

– Combinada: alterna tiempos de trabajo de los y las estudiantes con asistencia a la escuela en clases presenciales y actividades educativas en situaciones de no presencialidad mediados por diferentes instrumentos y soportes. Se implementará en todos los casos que sea necesario para asegurar el sostenimiento de la norma básica de distanciamiento físico disminuyendo la densidad de ocupación de las aulas y los edificios escolares. Esto requerirá organizar a los y las estudiantes en grupos más reducidos conforme a diferentes criterios y definir regímenes de alternancia de días y horarios de asistencia a la escuela de cada grupo.

En cuanto a la asistencia sanitaria, se prevé que las autoridades educativas y de salud de los distintos niveles de gobierno deberán asegurar, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través de las mesas intersectoriales, el acompañamiento sanitario que resulte necesario para la preparación para la vuelta a actividades presenciales, la aplicación del protocolo ante la presencia de casos confirmados, el control del cumplimiento de los calendarios de vacunación, o todo otro asesoramiento que requieran las instituciones educativas”.

También el CFE consideró puntualmente a los estudiantes y docentes que forman parte del grupo de riesgo, quienes “serán eximidos de asistir de manera presencial al establecimiento educativo, debiendo presentar el certificado médico correspondiente y/o acreditar la convivencia según el caso”.

Además, la ministra de Educación remarcó que durante la Asamblea del CFE se emitió, mediante Resolución CFE N° 386/2021, un documento de “Manejo y control del COVID-19 en establecimientos educativos”, cuyas definiciones están destinadas a orientar y dirigir las acciones de control (aislamiento de casos, rastreo y cuarentena de contactos, y seguimiento), que será girado a los establecimientos escolares de toda la provincia.

Por último, se hizo mención de la organización del trabajo docente estableciendo que se “deberá respetar en todos los casos la carga horaria vigente y reconocida para cada agente previa a la situación de pandemia, previendo según con el Acuerdo Paritario del 04/06/2020 que se lleve a cabo sin sobrecargas en virtud de la excepcionalidad del formato de trabajo pedagógico que se adopte, como consecuencia de las necesarias reorganizaciones, asegurando el derecho a la preservación de su intimidad familiar, a la desconexión digital y al descanso” (Acuerdo Paritario 24/07/2020).

Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

– Todos los y las docentes de la institución escolar conforman un equipo que podrá atender a distintos grupos, secciones, estudiantes, dentro de su asignación horaria y sus áreas de especialidad, de acuerdo con la planificación institucional y de la enseñanza que la institución haya definido.

– Especialmente en el nivel secundario, la planificación institucional y de la enseñanza promoverá la mayor integración posible de áreas, disciplinas, materias y/o espacios curriculares para el cumplimiento de los propósitos formativos. Las propuestas curriculares integradas (proyectos, áreas, entre otras) permiten reducir la cantidad de docentes a cargo de la enseñanza de cada grupo, facilitan la concentración horaria en menor cantidad de establecimientos, limita la movilidad de docentes entre distintas escuelas y reduce la cantidad de estudiantes con los que interactúa cada docente.

– Las actividades presenciales al frente de alumnos/as, la orientación y seguimiento sincrónico o asincrónico de actividades no presenciales, la producción y/o selección de materiales educativos y las devoluciones o evaluaciones formativas, son tareas que podrán ser distribuidas de distintas maneras dentro del equipo docente, de modo que la enseñanza en un mismo grupo/sección/materia/área podrá estar a cargo de más de un docente.

– Los y las docentes que formen parte de grupos de riesgo y no puedan recibir la vacunación, podrán destinar su tiempo de trabajo no presencial, entre otras actividades, como: producción de materiales educativos; orientación de estudiantes que, por pertenecer a grupos de riesgo, cursen toda su escolaridad en forma no presencial; y orientación de las instancias no presenciales de los grupos/estudiantes que asisten de manera alternada.

– En la forma combinada de escolarización, el tiempo de trabajo no presencial de los/as estudiantes no es equivalente al tiempo de trabajo no presencial de los y las docentes. La orientación del trabajo no presencial se realizará principalmente en las instancias presenciales, a través de actividades adecuadas a la edad y nivel de autonomía de los y las estudiantes.

– Podrán reasignarse transitoriamente las tareas de referentes, auxiliares, asistentes técnicos territoriales, facilitadores y/o maestros/as que se desempeñan en los diferentes programas educativos y sociales, con el fin de asistir a la población con mayores necesidades pedagógicas y sociales, así como a aquellos que han interrumpido o no han iniciado la educación obligatoria, para los que se promoverán acciones específicas de inserción o reinserción en la escuela (Acuerdo Paritario del 24/07/2020).