El Ministerio de Salud de Catamarca explicó que al presentarse un deceso por COVID-19 debe seguirse el protocolo -establecido a nivel mundial- que define cómo actuar con el cuerpo de un fallecido.

“Por doloroso que resulte para todos, la emergencia sanitaria obliga a tomar recaudos y precauciones en múltiples actividades, y también existe un protocolo que define cómo se debe actuar con el cuerpo de una persona fallecida por COVID-19”.

“Estas normas se establecieron a nivel mundial, y no tienen otro fin que el de extremar los cuidados para evitar la propagación del virus”.

En otros lugares del país y el mundo, ante el colapso de los sistemas sanitarios, los gobiernos optaron por disponer de fosas comunes a fin de retirar los cuerpos sin enfrentar ningún riesgo.

En Catamarca y otros distritos donde afortunadamente el cuadro no es tan crítico, se trabaja para brindar a cada fallecido una sepultura digna y acorde con sus creencias religiosas.

Sin embargo, los familiares deben comprender que se atraviesa una situación extraordinaria producto de la pandemia, cuyas normas deben respetarse y atenderse sin excepciones.

Estas normas no tienen otro fin que el de proteger a los propios familiares, al personal de salud y a quienes trabajan en el área de los servicios fúnebres; y a toda la comunidad.

Por esta razón, de presentarse un deceso en plena emergencia sanitaria, debe recordarse que:

* Si el fallecimiento se produce por causas no relacionadas con el COVID-19, se puede realizar una ceremonia de velatorio con un máximo de dos horas de duración, más allá de que el acto tenga lugar en una sala privada o en una casa de familia.

* Sólo pueden reunirse los deudos más cercanos, sin exceder en ningún caso las 10 personas. El sepelio se realizará respetando las normas impuestas y sólo ante la presencia de los deudos más cercanos.

* En los fallecimientos por COVID-19, no se realiza en ningún caso la ceremonia de velatorio, ni se autoriza a mantener los restos del fallecido en nichos.

* Por razones sanitarias, el cuerpo debe ser cremado o sepultado, según decisión de los familiares.

* Si la persona fallecida reside en un lugar distinto a la Capital provincial y fallece aquí, sus restos no serán trasladados por ningún motivo.

* El cuerpo de la persona fallecida es protegido con doble cobertura y el féretro, sólo puede ser manipulado por las personas asignadas a esa tarea, quienes estarán debidamente protegidas con un uniforme especial.

* Los familiares no pueden tocar ni movilizar el féretro por sus propios medios, ni alterar su recorrido desde el lugar del deceso hasta el destino final.

* Si la persona fallecida no cuenta con un seguro de sepelios, el Estado será el encargado de gestionar el servicio correspondiente.

* En todos los casos de deceso por COVID-19, el entierro o incineración del cuerpo, deberá realizarse sin tener que esperar a que se cumplan 24 horas desde el fallecimiento.

Estas medidas serán aplicadas a todos los fallecimientos por COVID-19, y se mantendrán hasta la finalización del estado de alarma, incluyendo sus posibles prórrogas.

Debe tenerse presente que en ciudades donde no se respetaron estas normas, los primeros fallecimientos desataron cadenas de contagios con el consiguiente colapso de los sistemas sanitarios, de manera que será muy estricto el cumplimiento de los protocolos en Catamarca, para evitar cuadros similares.