Este domingo 14 de noviembre se llevará a cabo las elecciones nacionales y provinciales y por ello rigen una serie de medidas contempladas en el Código Nacional Electoral.

De cara a las elecciones nacionales y provinciales de este domingo 14 de noviembre, se recuerda que desde este viernes 12 de noviembre a las 8 comienza a regir la veda electoral.

Según el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, la campaña electoral “finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios”, y hasta tres horas después de finalizada la votación, a las 21, rigen una serie de restricciones para determinadas prácticas y actividades sociales.

Qué cosas NO se pueden hacer

Una de las prohibiciones más importantes fijadas en el apartado 71 de esta norma establece la imposibilidad de “realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo”, a las 18 del domingo.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 metros) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 13 hasta las 21 del domingo).

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.