Entre las resoluciones aprobadas en una reunión del Consejo Federal de Educación, figura que estudiantes y docentes del grupo de riesgo “serán eximidos de asistir de manera presencial al establecimiento educativo, presentando certificado médico”.
En el marco de la 102º Asamblea del Consejo Federal de Educación, la ministra Andrea Centurión brindó precisiones sobre las diferentes resoluciones que se aprobaron en conjunto para todo el país, priorizando “la apertura de las escuelas y la reanudación de clases presenciales bajo condiciones de seguridad sanitaria y cuidado de la salud de la comunidad educativa, en forma escalonada”.
La Asamblea ratificó que “las clases iniciarán en todos los niveles obligatorios y modalidades en las fechas fijadas en el calendario escolar de cada jurisdicción”. Estableciendo que en la situación excepcional que impone la pandemia, las distintas formas de escolarización se implementarán de acuerdo a las siguientes condiciones:
– Presencial: supone la asistencia regular a la escuela todos los días de la semana en el horario establecido por cada jurisdicción. Sólo podrá implementarse en las escuelas en las que la relación entre la cantidad de estudiantes y el espacio físico permita cumplir con el distanciamiento físico establecido en los protocolos.
– No presencial: supone que toda la escolaridad se cursa sin asistencia a actividades presenciales. Queda reservada a estudiantes que por razones de salud pertenezcan a grupos de riesgo y no puedan asistir a la escuela de manera presencial y a estudiantes matriculados en escuelas en las que, por decisión de las autoridades educativas y sanitarias jurisdiccionales, no puedan habilitarse actividades presenciales.
En cuanto a la asistencia sanitaria, se prevé que las autoridades educativas y de salud de los distintos niveles de gobierno deberán asegurar, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través de las mesas intersectoriales, el acompañamiento sanitario que resulte necesario para la preparación para la vuelta a actividades presenciales, la aplicación del protocolo ante la presencia de casos confirmados, el control del cumplimiento de los calendarios de vacunación, o todo otro asesoramiento que requieran las instituciones educativas”.
Por último, se hizo mención de la organización del trabajo docente estableciendo que se “deberá respetar en todos los casos la carga horaria vigente y reconocida para cada agente previa a la situación de pandemia, previendo según con el Acuerdo Paritario del 04/06/2020 que se lleve a cabo sin sobrecargas en virtud de la excepcionalidad del formato de trabajo pedagógico que se adopte, como consecuencia de las necesarias reorganizaciones, asegurando el derecho a la preservación de su intimidad familiar, a la desconexión digital y al descanso” (Acuerdo Paritario 24/07/2020).
Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
– Las actividades presenciales al frente de alumnos/as, la orientación y seguimiento sincrónico o asincrónico de actividades no presenciales, la producción y/o selección de materiales educativos y las devoluciones o evaluaciones formativas, son tareas que podrán ser distribuidas de distintas maneras dentro del equipo docente, de modo que la enseñanza en un mismo grupo/sección/materia/área podrá estar a cargo de más de un docente.
– Podrán reasignarse transitoriamente las tareas de referentes, auxiliares, asistentes técnicos territoriales, facilitadores y/o maestros/as que se desempeñan en los diferentes programas educativos y sociales, con el fin de asistir a la población con mayores necesidades pedagógicas y sociales, así como a aquellos que han interrumpido o no han iniciado la educación obligatoria, para los que se promoverán acciones específicas de inserción o reinserción en la escuela (Acuerdo Paritario del 24/07/2020).