El día de hoy, a través de la resolución 1533 publicada en el Boletín Oficial, la provincia de Buenos Aires prohibió a todas las farmacias de la jurisdicción la venta de tests rápidos para la detección de COVID-19.
En el artículo 3° de la resolución, el Ministerio de Salud bonaerense “deja establecido que los test para COVID-19 son de uso profesional exclusivo excluyente, y deben realizarse en Laboratorios de Análisis Clínicos habilitados por la autoridad de aplicación”.
Ello implica desde un apercibimiento o multa hasta la clausura, total o parcial, temporal o definitiva según la gravedad de la causa o reiteración de la infracción, del establecimiento o la suspensión o inhabilitación para el ejercicio de la actividad o profesión hasta un lapso de tres años.