Según lo dispuesto, el Ejecutivo nacional otorgará una nueva asistencia a trabajadores de hoteles adheridos al programa, entre ellos: la Ciudad de Buenos Aires, Rosario, las ciudades de Córdoba y Mendoza, San Miguel de Tucumán, El Calafate y Ushuaia.
Podrán acceder a este beneficio las empresas de estas localidades registradas ante la AFIP al 12 de marzo de 2020 como “servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen o no servicio de restaurante al público” como actividad principal.
La asistencia consiste en una suma mensual del 70% de la remuneración neta, “con un tope de $22.000” por cada relación laboral activa del sujeto empleador.
El Gobierno aclaró que el número de empleadores que cubrirá el mencionado plan, “se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado” a la iniciativa.
Para acceder al beneficio, deberán presentar:
Balance correspondiente al último ejercicio cerrado de acuerdo a la normativa vigente en la materia, certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital.
Para acceder al Programa, los empleadores se postularan e ingresaran la documentación requerida utilizando el servicio al contribuyente REPRO II, disponible en el sitio web de la AFIP.
Además, el Gobierno aclaró que los empleadores deberán pertenecer al sector privado y no podrán acceder al Programa aquellos que perciban subsidios del Estado y explicó que “la variación de la facturación, entre el mes anterior al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y el mismo mes de 2019, debe presentar una reducción superior al 30% en términos reales”.
La inscripción tendrá una periodicidad mensual y aquellos empleadores que no hayan accedido al beneficio podrán reinscribirse en los meses siguientes.
Serán excluidos de la iniciativa aquellos empleadores que despidan a sus trabajadores sin justa causa, o por falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor.