La abogada penalista Mariana Barbitta pidió el cese de la medida cautelar contra la tripulación del avión venezolano que quedó inmovilizado por la justicia argentina y se la desvincule completamente del proceso penal ante la inexistencia de delitos. Los 14 venezolanos llevan 75 días retenidos en nuestro país.
Este martes 23 de agosto, la nueva defensa técnica de los 14 ciudadanos Venezolanos retenidos por el Juzgado Federal Nro. 1 de Lomas de Zamora, realizó dos presentaciones que ponen el eje en resaltar las irregularidades que se vienen arrastrando en la causa conocida como el Avión Venezolano
La nueva defensora, la Dra. Mariana Barbitta, abogada penalista, profesora de la UBA y presidenta de AMPA, presentó ante el juez Federico Villena una excepción por manifiesta inexistencia de delito y un planteo de nulidad las graves irregularidades del proceso penal iniciado por la D.A.I.A y la justicia argentina.
La nueva defensora, la Dra. Mariana Barbitta, abogada penalista, profesora de la UBA y presidenta de AMPA, presentó ante el juez Federico Villena una excepción por manifiesta inexistencia de delito y un planteo de nulidad las graves irregularidades del proceso penal iniciado por la D.A.I.A y la justicia argentina.
En un marcado cambio en el perfil y estrategia, la defensa manifestó que era imperiosa la necesidad de demostrar la ausencia de argumentos legales que habiliten mantener a los ciudadanos de Venezuela atados a una causa que responde a presiones políticas, pero no jurídicas.
En el primero de los escritos mencionado, “Excepción de falta de acción por inexistencia de delito”, Barbitta recalcó que ello quedó probado en todas las conclusiones de los informes que constan en el expediente, así como de las testimoniales producidas.
“Las pruebas de la inexistencia del delito surgen de que: – Los ciudadanos de Venezuela no tenían antecedentes penales ni administrativos; – Que su operación comercial se encontraba autorizada; – Que el vuelo estaba permitido; -Que en ningún momento apagaron el transponder del avión y que no tenían ningún tipo de prohibición de ingresar al país. Circunstancias que demuestran la inexistencia de delito.
“Las pruebas de la inexistencia del delito surgen de que: – Los ciudadanos de Venezuela no tenían antecedentes penales ni administrativos; – Que su operación comercial se encontraba autorizada; – Que el vuelo estaba permitido; -Que en ningún momento apagaron el transponder del avión y que no tenían ningún tipo de prohibición de ingresar al país. Circunstancias que demuestran la inexistencia de delito.
