Los juristas Aída Kemelmajer de Carlucci y Marcelo Gallo Tagle expusieron las diferencias con las reformas judiciales que plantea el gobierno de Javier Milei.
La ex jueza de la Corte Suprema de Justicia de Mendoza Aída Kemelmajer de Carlucci y el ex presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) Marcelo Gallo Tagle expusieron en el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados sobre las reformas en materia judicial que propone el proyecto de ley ómnibus que envió el gobierno de Javier Milei.
Ambos juristas rechazaron las modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación y la ratificación del traspaso de la justicia nacional a la ciudad de Buenos Aires.
Kemelmajer de Carlucci, especialista en derecho civil, expuso en representación del Instituto Argentino del Derecho del Consumidor y de más de un centenar de profesores universitarios que firmaron una carta abierta. La jurista rechazó las modificaciones que el proyecto le hace a varios artículos del Código Civil y Comercial de los cuáles se eliminan las referencias a la moral, las buenas costumbres y el orden público en materia contractual.
“Las reformas propuestas al Código no tienen ninguna relación con el déficit del Estado, ni con la inflación, ni con la economía desregulada, ni con la libertad y mucho menos con lo que el pueblo votó, a quien nunca se le dijo en campaña que se reformaría el Código Civil y Comercial”, sostuvo. Y agregó que “el proyecto de ley contradice la sistemática del Código Civil y Comercial de la Nación, incentivando un foco de conflicto interpretativo con la consecuente inseguridad jurídica que acarrea su reinterpretación por parte de operadores que son jurídicos y no jurídicos y, consecuentemente, el perjuicio que esto le causa a las destinatarias y destinatarios de las normas; es decir, a todas las personas que están en el territorio argentino”.
La ex magistrada señaló que así como se quitan de varios artículos las referencias a la moral, las buenas costumbres y el orden público en otros se mantienen, lo que es una contradicción. “Supongamos que estamos de acuerdo que se suprime la palabra moral, aunque cuando esa palabra también está en la Constitución Nacional. Pero hay un artículo en el Código, que es el 12 que habla del fraude a la ley y que dice que las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia está interesado el orden público. Entonces ¿cómo dejo el artículo 12 que habla del orden público y saco el artículo 1014 que habla del orden público? Estos ejemplos son suficientes para mostrar el peligro de reformar sin un estudio sistémico del Código”, ´planteó.
También hizo referencia a la propuesta del divorcio administrativo. “Supongamos que estamos de acuerdo con que el que me casó, me divorcia. Pero la reforma no solo no habla de los bienes y de los niños sino que dice que el divorcio se produce por la comunicación que hacen los cónyuges, ni siquiera me exige la registración. Y tengo artículos en el código que regulan figuras tan importantes como las prestaciones compensatorias que el plazo para demandar comienza a partir de la sentencia de divorcio”, criticó.

