El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Decreto Nº 549, establece la extensión de la Etapa de Convivencia Amarilla -denominada Alerta Vigilancia Epidemiológica- por el plazo de quince días, a partir del viernes 19 de marzo de 2021.
El instrumento establece la restricción para circular en todo el territorio provincial de lunes a jueves en el horario de 01:00 a 06:00 horas, mientras que los días viernes, sábados y domingos la circulación se extenderá hasta las 02:00 horas. Asimismo, determina la prohibición para circular entre Municipios en el horario de 00:00 a 06:00 horas.
Quedan exceptuados de las mencionadas restricciones en la circulación quienes estén habilitados para trabajar en dichos horarios.
Otras de las modificaciones es el horario de atención en Casinos y Salas de Juego, que podrán funcionar de 12:00 a 24:00 horas con protocolo aprobado.
El Poder Ejecutivo Provincial establece en el presente decreto que “los Municipios no podrán autorizar la realización de actividades y/o eventos diferentes a los establecidos para cada una de las etapas de convivencia, debiendo dar estricto cumplimiento a las condiciones y horarios allí fijados”.