La nueva convocatoria de empadronamiento a beneficiarios de la Tarifa de Interés Social tendrá un plazo de 30 días corridos.
El beneficio del TIS otorga a los usuarios residenciales que cumplan con los requisitos un subsidio del 100% de los primeros 200 KWH mensuales consumidos, o 400 KWH bimestrales como tope, y un 50% del monto correspondiente al Cargo Fijo de la factura. Asimismo, se establece en 500 KWH mensuales o 1.000 KWH bimestrales, el consumo límite para el mantenimiento del beneficio.
Requisitos
Para acceder al beneficio de la TIS los postulantes deberán contar con la siguiente documentación:
-Factura del servicio en caso de ser usuario. Libre deuda y/o constancia de no poseer deuda con la distribuidora de energía.
-DNI del titular y del grupo familiar.
-Recibo de sueldo o recibo de jubilación o pensión según corresponda.
-Certificado de convivencia.
-Constancia de Negativa de ANSES.
-Alta como empleado/a en el caso de la Ley N°26.844; constancia de monotributo social, AUH, Becas Progresar, pensiones no contributivas, ex Potenciar Trabajo o cualquier otro beneficio según corresponda y certificado oficial para el supuesto de titulares ex combatientes y veteranos de la Guerra de Malvinas.
Es importante aclarar que, los beneficiarios que excedan el tope para el consumo subsidiado del beneficio deberán pagar el mismo con tarifa plena.