La empresa inmobiliaria CER, mencionada como responsable de una supuesta venta de 760.000 hectáreas ubicadas en la zona de Laguna Brava, provincia de La Rioja, solicitó su derecho a réplica respecto a una denuncia que hicieran vecinos de la zona, asegurando que tales terrenos eran ofertados por esa empresa, vía Internet.
“Siempre en relación a la oferta de venta respecto de la extensión de campo situado en la Provincia de La Rioja, deben considerarse las siguientes precisiones:
Aunque resulte obvio señalarlo, los recursos naturales existentes en el predio rural de referencia “no son susceptibles de comercialización alguna”. En el caso concreto de la laguna, constituye un absurdo por parte de quiénes han supuesto o malinterpretado que la misma podría ser vendida. Tan imposible como pretender adueñarse y disponer por escritura pública del Cabildo, de la Pirámide de Mayo o del Río Pilcomayo.”
“Por desconocimiento, es decir ignorancia y apartándose de toda noción jurídico-notarial en el marco comercial que regula la transmisión de derechos reales por escritura pública o queriendo obtener algún tipo de rédito político ” inventando” una situación o hecho potencial inexistente y de imposible materialización, han descalificado inmotivadamente la trayectoria y actuación de nuestra firma.”
“Téngase debidamente presente, que ningún escribano desempeñándose con ajuste a la legalidad vigente podría insertar en una escritura traslativa de dominio el derecho de propiedad a favor de un comprador respecto de un “recurso natural”, porque el sistema no lo permitiría y el Registro de la Propiedad impugnaría el instrumento público por su improcedencia e inviabilidad, denegando su anotación en el legajo respectivo.”, continúa detallando el comunicado emitido por la empresa.
Agrega: “Lo que no han interpretado o se niegan a hacerlo, es que la extensión de campo referida tiene dentro de su territorio la conocida laguna a la que tienen acceso público todos los interesados visitantes, contando además con la necesaria “servidumbre de paso”, destinada a posibilitar el tránsito sin restricciones. De modo tal, que la oferta para la venta de ninguna manera podría permitir “el apropiamiento” del espejo de agua indicado.”
“Debieron asesorarse previamente, para expresarse con el imprescindible conocimiento al respecto, obrando con prudencia, sin difamar, ni calumniar. Diferente hubiese sido la situación, si la laguna o el espejo de agua fuera “artificial”, es decir originado voluntariamente por la mano y el trabajo del hombre en su propiedad privada. Pero no es este, concretamente, el caso que nos ocupa. Por tal motivo, si alguien extraviadamente quisiera “vender” la laguna, se trataría de un propósito cuya efectivización resultaría imposible, desde todo punto de vista, particularmente desde el jurídico notarial y registral. No es, ni será un bien o recurso que pueda estar inserto en el común denominador de lo que sea comercializable. Reiteramos, se encuentra en el campo y lo que se oferta a la venta es el predio, no la laguna que está dentro del mismo, a la que puede acceder el público libremente, que pertenece y siempre pertenecerá al Estado, no a un particular como desviadamente algunos pretenden sostener o hacer creer, atribuyéndonos un propósito defraudatorio falsamente, además jamás factible de concretarse y que en ninguna oportunidad tuvimos en miras proponerlo o llevarlo a la práctica. Un verdadero e intolerable absurdo.”
“Sostener lo contrario es incurrir en una necedad evidente, es decir no querer ver la realidad.”
Por último, la empresa considera: “Es evidente que algunas personas, tal vez un poco exaltadas, queriendo sacar rédito elaborando un conflicto potencial inexistente, han intentado valerse del escándalo, enarbolando banderas como si alguien de nuestra parte hubiera querido ilegalmente comercializar un bien público o un recurso natural. Somos profesionales con formación. Ni un improvisado podría darle crédito o sostener semejante despropósito. Podríamos aconsejarles que aplicaran el mismo énfasis para cuestionar la desforestación, que ha permitido inclusive la proliferación del hantavirus, al migrar los predadores naturales de los roedores que lo transmiten. Se han dedicado en el caso tratado a entablar con nosotros una contienda, sin razón, sin fundamento jurídico alguno e inclusive, tal lo narrado anteriormente, sin ninguna posibilidad material de llevar a cabo un cometido tan inviable, aún si es que alguien hubiese querido obrar al margen de la ley en razón de que, en la peor de las hipótesis, reiteramos, se trataría de un negocio cuyo cumplimiento es y será de imposible concreción para cualquiera, incluida nuestra empresa inmobiliaria.”