El Gobierno estableció este martes que las personas deberán reportar a las farmacias el resultado de los autotest de covid y éstas al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud, en tanto que si se usan en instituciones sanitarias serán éstas las que deben notificar.
En tanto que los individuos particulares sólo podrán comprar el autotest en farmacias habilitadas y las droguerías y laboratorios sólo le podrán vender a éstas.
Y continuó: “En el caso de que el producto sea adquirido por un usuario en una farmacia adherida, el reporte de uso siempre se hace a la farmacia en la que se adquirió para lo cual el dispondrá de los siguientes canales alternativos: directamente en el punto de venta (farmacia) de forma presencial o telefónica, una página web y otros que puedan desarrollarse”.
En este contexto, serán las farmacias las que deberán notificar “los resultados de los test dispensados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a través de los usuarios habilitados, para lo cual se otorgarán los accesos al SISA pertinentes”.
La resolución estableció que “si el farmacéutico no recibe el reporte del usuario una vez abierto el empaque dentro de las 24 horas y dentro de los siete días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados, debe informar de esa situación a la autoridad sanitaria jurisdiccional”.
En ese caso, la autoridad podrá inhabilitar el punto de venta para la dispensa de test de autoevaluación Covid-19 “si se advierte que la carga en el SNVS no se ha efectivizado”.
Los casos positivos serán integrados a la notificación de casos de Covid-19 en el SNVS y se clasificarán como casos probables, los negativos serán clasificados como “negativo, sin clasificar”.
Fuente: Minuto1