Se autorizó únicamente para los días viernes, sábado, domingos, feriados nacionales y/o provinciales. Los requisitos para obtener la licencia.

La Dirección Provincial de Biodiversidad y Áreas Naturales Protegidas perteneciente a la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, habilitó la práctica de la actividad únicamente para los diques de la provincia.

La apertura se debe a la disposición impuesta por el gobierno autorizando el turismo a partir del próximo fin de semana, quedando así las normativas a seguir por cada departamento a su ingreso para realizar dicha actividad deportiva con los protocolos establecidos.

Para solicitar su Licencia de Pesca Deportiva deberá abonar un arancel de acuerdo al tipo de licencia solicitada (Licencia Anual: $ 600, Anual Jubilado: $300, Provisorio Residente: $400, Provisorio Residente Jubilado: $200, Provisorio No Residente: $600, Provisorio Extranjero: $4.000, Exento: $0) y adjuntar su comprobante (o Certificado de Discapacidad, en el caso de Exento) en el enlace que, a continuación de este párrafo, se describe.

Puede realizar un pago por ventanilla o una transferencia a la cuenta del Banco Nación perteneciente a la Secretaría de Medio Ambiente de Catamarca – Banco de la Nación Argentina – Cuenta Corriente Nº46601919/00 – Fauna Silvestre – CBU 0110466420046601919008 – CUIT: 30-71217243-2. Eventualmente se aceptan pagos presenciales en nuestras oficinas de la Secretaría de Medio Ambiente (C.A.P.E.) – Pabellón Nº 22 – Dirección Provincial de Biodiversidad y Áreas Naturales Protegidas los días lunes, miércoles y viernes de 8:00 a 12:00 hs.

Los requisitos para obtención del permiso son:

1. Ser mayor de 14 años de edad
2. Ingresar al enlace https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSd9q2AA76U-wjzvE8iO1KvHMqih552LQK72A3N3NAIiSvFpgg/viewform o escaneando el código QR para completar el formulario, para el cual debe poseer:
· Comprobante de pago
· DNI

Los menores de 14 años podrán pescar acompañados por sus padres o tutores, quienes obligatoriamente deberán poseer permiso (carnet) anual. Dichos menores NO podrán tener otro cupo de piezas, solo aportar piezas al cupo correspondiente al padre o tutor autorizado.
Ante cualquier inquietud, no dude en consultarnos llamando al 0383-4437982 o 0383-4459000 int. 2816. Los únicos días autorizados son: viernes, sábado, domingos, feriados nacionales y/o provinciales.

· Todos los practicantes de la actividad deben contar con el carnet habilitante.

· La actividad solo podrá realizarse en el horario de 8:00 a 18:00 horas. exclusivamente (no está permitida la pesca nocturna) y se debe respetar los cupos y especies permitidas por la disposición vigente.

· Se debe respetar el distanciamiento preventivo de 2 metros entre las personas ya sea en embarcaciones o realizando pesca de costa.

· Solo se permite el traslado de 2 personas por bote o embarcación (cada embarcación debe incluir los chalecos salvavidas para cada tripulante).

· Todos los practicantes deben estar dorados de alcohol en gel o agua con lavandina y el uso de doble barbijo como está establecido para el cuidado personal y preventivo.

· Las instalaciones sanitarias de los Clubes de Pesca habilitados deben ser desinfectadas luego de cada uso.

· Los Clubes de Pesca habilitados, en caso de verse excedidos en cuanto a su capacidad, deben generar turnos para evitar el aglomerado masivo de personas.

· No se puede comer asado de manera grupal para evitar la proximidad personal y compartir utensilios de cocina.

· Los vasos a usar deben ser descartables y no se pueden compartir bajo ninguna forma.

· No está permitido el consumo de alcohol, como así también los clubes que tengan expendios del mismo deben abstenerse de su venta, y solo vender bebidas sin alcohol.

· Se recomienda consumir alimentos frescos y comidas caseras preparadas.

· Se habilita la Pesca Terapéutica a personas con capacidades diferentes quienes deberán tramitar su carnet habilitante sin costo alguno.