La Cámara de Diputados, que preside Fernando Jalil, dio media sanción a un proyecto de ley unificado que establece la obligatoriedad de implementar en las boletas de obligaciones tributarias y servicios públicos, impresos y electrónicos que se emitan bajo la regulación e intervención del Estado Provincial, leyendas e información de carácter preventivo respecto de la temática de violencia familiar y de género en sus diferentes manifestaciones, contemplados en la Ley Nacional N° 26.485 y Provincial N° 5434, brindando así mismo información necesaria de organismos del Estado Provincial, donde radicar las denuncias y números telefónicos de asistencia inmediata y orientación para la víctima. Las iniciativas parlamentarias pertenecen a los diputados Enrique Cesarini e Isauro Molina.

 La presente obligación rige para las facturas emitidas por la totalidad de las empresas públicas y privadas.

 La publicación debe contener leyendas con contenido y mensaje claro, realizarse en lugar visible y destacado, con estilo de fuente y tamaño legible y demás especificaciones técnicas que establezca la reglamentación., de acuerdo al texto de la ley.

  El Ministerio de Desarrollo Social es la autoridad de aplicación de la presente Ley. En coordinación con la Dirección de Derechos Humanos y áreas responsables en la prevención, sanción y erradicación de la violencia familiar y de Género, tendrá a su cargo el diseño de la información que se difundirá a través de boletas de servicios a cuyos efectos podrá convocar a Organizaciones Civiles dedicadas a la temática.

 Las disposiciones de la presente Ley serán de aplicación obligatoria a partir de los noventa días de su promulgación. Todas las áreas competentes del Poder Ejecutivo deberán coordinar los mecanismos necesarios para la aplicación de esta Ley, que invita además a los municipios de la Provincia de Catamarca a adherir a la misma.

 El diputado Isauro Molina en la fundamentación del proyecto destaco que especialmente “en el interior de la provincia, en las ciudades cabeceras departamentales y especialmente en los distritos rurales donde la cultura patriarcal está fuertemente enraizada y los actores sociales que tiene la función y la misión de favorecer los procesos instituyentes de transformación de las prácticas cotidianas, especialmente las referidas a la violencia de género, prácticas que están naturalizadas”.

También que por este motivo propuso que “en los comprobantes de pago por impuestos (boletas, facturas), tasas municipales de servicios emitidos en las empresas Públicas y Privadas, deberá constar en forma legible y destacada, el número de teléfono 144, destinado a contener, informar y asesorar a quienes sufren la violencia de género en todas sus formas”.

 El diputado Enrique Cesarini, también autor de la ley, adhirió a las palabras de su par Molina. En los fundamentos de su iniciativa el legislador había manifestado que a fin de afianzar la normativa sobre violencia de género y promover la lucha contra la violencia en todas sus manifestaciones, especialmente contra la mujer, niña y adolescente, es que propongo el presente proyecto de Ley, que busca concientizar, difundir y visualizar esta vulneración a los derechos humanos, denunciar la vulneración de los mismos y recibir ayuda,  brindando una herramienta de información, al alcance de todos los consumidores y usuarios de servicios de nuestra provincia, que de una manera sencilla puedan acceder y tener información de lugares donde radicar denuncias, líneas telefónicas, centros de ayuda y contención donde pueden recurrir las víctimas de este flagelo.