domingo, octubre 13, 2024
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La ANMAT prohibió la comercialización de un producto médico

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución de un producto médico.

A través de la disposición 9192/2018, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, el organismo comunicó que la medida se aplica al producto rotulado como “NEBULIZADOR ULTRASÓNICO NUS21 – DYSEM – Industria Argentina – Fabrica y Garantiza DYSEM S.A. / Aprobado por ANMAT Certificado Nº PM-1459-1 / Humberto Primo 2773 Córdoba / Nº de serie: 13 10 NÑ 01 09 17″.

Mediante la misma disposición, la ANMAT instruyó sumario sanitario a la firma “DYSEM S.A., C.U.I.T. 30-60677848-8, con domicilio en la calle Humberto Primo Nº 2773 de la localidad de Córdoba, provincia de Córdoba, y a quien resulte ser su Director Técnico por los presuntos incumplimientos” a la legislación vigente.

En los considerandos de la norma, se explica que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) “entiende que es un producto sin las debidas autorizaciones para ser comercializado como producto médico”.

Y agrega que la DVS “consultó en el sistema de expedientes de esta Administración Nacional en la fecha de emisión del presente informe y no hallaron inicios de trámite realizados por la firma DYSEM S.A”.

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