La medida reconoce los derechos de las personas travestis, transexuales y transgénero, en especial el derecho al trabajo en condiciones dignas, formales e igualitarias y busca reparar las injusticias históricas sobre este colectivo.
Con 207 votos a favor, 11 en contra y 7 abstenciones este viernes por la madrugada la Cámara de Diputados dio media sanción y envió al Senado al proyecto de Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins”.
En lo fue una noche histórica y tras cuatro horas de debate, la Cámara Baja aprobó la medida que apunta a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero a partir de su inclusión en al menos el 1% de la dotación de la administración pública.
Es decir, asegura la inclusión laboral en el Estado Nacional en los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, en todas las modalidades de contratación.
Mónica Macha, diputada por el Frente de Todos y presidenta de la Comisión de Géneros y Diversidad de la Cámara, inició el debate al ser una de las principales defensoras de la iniciativa, impulsada por el activismo travesti y trans desde hace una década.
“No hay otros motivos del desempleo travesti-trans más que su identidad de género. Esta ley viene a reconocer algo negado”, expuso Macha y agregó: “Esta ley se la debemos a Diana Sacayán y a Lohana. Y a quienes vienen después de nosotras para que puedan vivir su identidad de forma libre”
La medida supone la contratación de las personas travestis, transexuales y transgénero habilitadas a trabajar, hayan o no accedido al cambio registral previsto por la Ley de Identidad de Género. Además, prevé incentivos por contratación para las empresas privadas que promuevan el acceso al empleo de una población históricamente oprimida.
En uno de sus artículos platea el principio de no discriminación al decir que toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo formal digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Para que esto se cumpla, a la hora de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales o penales de les postulantes “que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo” dice el texto del proyecto.
Otro de los principios de no discriminación establece que, para acceder a los puestos laborales, “el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo”. Es decir que si las personas aspirantes no completaron la escolaridad, “se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos”.
A su vez, la Ley estipula la creación de líneas de crédito específicas por parte del Banco Nación “con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios, individuales o asociativos, destinados específicamente a personas solicitantes travestis, transexuales y transgénero”.
“Reconocer los derechos de travestis y trans, en especial el derecho al trabajo en condiciones dignas, formales e igualitarias es reparar las injusticias históricas sobre ellxs”, aseguraron desde el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad. “Seguimos avanzando hacia una sociedad más justa, con la convicción de promover la igualdad en la diversidad en todas las políticas públicas”, concluyeron.