lunes, julio 8, 2024
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Anses: Sube el tope de reintegro para compras con tarjeta

El reintegro a sectores vulnerables por consumos realizados con tarjeta de débito se extendió a mediados de mayo por seis meses y se incrementó en un 100% a partir de julio, por lo que estará vigente hasta fin de año.

Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que duplicó los montos máximos de los reintegros de 2.028 a 4.056 pesos por mes por titular, y de 4.057 a 8.114 pesos en el caso de percibir dos o más asignaciones.

La medida dispuesta por la AFIP beneficia a más de 2 millones de personas de sectores vulnerables, al haber duplicado a partir de este mes el monto de reintegro. Destacaron además que la iniciativa fomenta la regularización tributaria por el uso de medios de pagos bancarizados.

Beneficiarios
Implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como una herramienta para apuntalar la demanda, la medida alcanza a los jubilados que cobran el haber mínimo; a quiénes perciben el mínimo de pensión por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, entre otras); como así también a los titulares de asignaciones universales por hijo (AUH), por hijo con discapacidad o embarazo (AUE).

El reintegro comprende un 15% del valor de compra y es válido para los consumos en farmacias, comercios (incluyendo supermercados, minimercados, hipermercados, almacenes y kioscos) y mayoristas.

Para acceder a él las compras deben ser realizadas con la tarjeta de débito asociada con la que se cobra la prestación. También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

Productos alcanzados
Los productos alcanzados son los alimenticios, en el caso de los supermercados y kioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería.

Acreditación de la devolución
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se concreta antes o después de las 17 de cada jornada en la cuenta bancaria en la que se cobra la prestación o asignación.

Al fundamentar la extensión del beneficio, la AFIP señaló que el régimen “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago”.

Además, destacó que “en el actual contexto se considera necesario aumentar los topes de reintegros”.

El beneficio no es válido para los jubilados que cobran por encima del haber mínimo, así como para los trabajadores autónomos o en relación de dependencia, monotributistas (excepto adheridos a Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o especial para pequeños productores agrarios) y para quienes tributen Ganancias o Bienes Personales.

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