sábado, julio 27, 2024
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El 94% de las mujeres sufrió alguna situación de acoso callejero

Es una de las primeras formas de violencia de género a la que se enfrentan las mujeres a partir de los 13 cuando comienzan a salir solas a la calle. Hace dos años se puede denunciar el acoso, pero pocas lo hacen por miedo a la revictimización o por desconocimiento.

En la mañana, por la tarde o de noche. En la calle, en el colectivo u en una plaza.  Se trata de una de las primeras violencias de género a las que se enfrentan cuando comienzan a salir solas a la calle a partir de los 13 años.

Desde el 2015 se declaró al 2 de octubre como el Día de lucha contra el acoso callejero. Un año después se incorporó el acoso sexual en espacios públicos y privados de acceso público en el Código Contravencional a través de la ley 5.742.

Es decir que desde hace dos años se puede denunciar el acoso callejero en las comisarías o fiscalías que tengan jurisdicción en el lugar donde haya ocurrido el hecho. También se puede hacer la denuncia en la Defensoría de la Ciudad. Si bien es una herramienta más que pueden utilizar las mujeres, muchas no lo hacen por miedo a la revictimización, desconocimiento o simplemente porque desconfía de los procesos judiciales.

¿EL PIROPO ES ACOSO?
Pero, ¿qué es el acoso callejero? ¿El piropo es acoso? ¿En qué se diferencia de un abuso sexual simple?

El acoso sexual callejero es un paso antes de lo que sería un abuso sexual simple que generalmente se lo suele definir cuando hay un contacto físico explícito.

“El acoso es la falta de respeto de la privacidad que no necesariamente llega a un tocamiento. Puede incluir roces o agresiones pero que no configuran una cuestión íntegramente física”, explica la abogada y agrega: “Es una interacción forzada, falta de consentimiento. Una eyeculación verbal”.

La diferencia con el acoso radica principalmente en el consentimiento ya que el piropo se dice en confianza en ese marco de interacción.

“Lo que hay detrás el acoso callejero es la exclusión de la mujer del espacio público. Porque es un ámbito donde tradicionalmente prevaleció el poder masculino y esa pérdida de poder activa mecanismos de violencia aleccionadora para decirnos que la calle no nos pertenece, que no podemos transitar tranquilas”, explica la abogada.

LAS POSIBLES PENAS
Un hombre que acosa a una mujer puede ser penado con un trabajo de utilidad pública que va de 2 a 10 días, o una multa de 400 a 2 mil pesos. Además puede permanecer bajo arresto de dos a diez días.

El proyecto de modificación del Código Contravencional en la Ciudad aumenta las penas de trabajo de utilidad de 4 a 20 días y las multas de $2.000 a $10.000. “Si bien las penas son importantes, no se toma ninguna medida de fondo. El cambio tiene y debe ser cultural no simplemente punitivo”, destacó.

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