Fernando Olivera, delegado del INADI.

La delegación Catamarca del INADI presentó un escrito en el Instituto Médico de la Comunidad, instando a quitar información discriminatoria relacionada al impedimento a personas de donar sangre por su orientación sexual o identidad de género.

La delegación en Catamarca del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) presentó un escrito en el Instituto Médico de la Comunidad SRL donde insta a las autoridades a quitar información discriminatoria relacionada al impedimento que tienen las personas de donar sangre por su orientación sexual o su identidad de género.

A raíz de varias consultas recibidas en la delegación, hechas por personas y organizaciones LGTBIQ+, y la trascendencia del tema en redes sociales, la delegación del INADI en Catamarca, tomo conocimiento que en un sanatorio de la capital catamarqueña, se seguía exhibiendo información discriminatoria donde la Asociación Argentina de Hemoterapia Inmunohemoterapia y Terapia Celular (AAHITC) incluyó como impedimento para donar sangre, a “varones que tengan o hayan tenido relaciones entre hombres” y “mujeres que tengan o hayan tenido pareja sexual hombre que tiene también sexo con hombres”.

A través de su delegado Fernando Olivera, la delegación del INADI decidió intervenir presentando una nota dirigida a las autoridades del nosocomio, donde se les informa que la orientación sexual y la identidad de género de la persona como impedimento para la donación de sangre constituye una práctica discriminatoria, pero también responde a un discurso médico que históricamente ha patologizado y estigmatizado a las personas LGTBIQ+.

Desde el año 2012, el INADI ha recibido denuncias presentadas por asociaciones civiles y por la ciudadanía en general, en relación al impedimento de las personas LGTBIQ+ de donar sangre por el solo hecho de su orientación sexual. En este sentido, mediante la elaboración de dictámenes, se ha pronunciado sobre esta situación como discriminatoria, ya que incluía una falsa opción entre derecho a la salud de las personas potencialmente receptoras y el principio de no discriminación por orientación sexual de los/as donantes en la medicina transfusional, para que toda persona pueda donar sangre, sin violar el principio de no discriminación ni afectar la salud pública.

En septiembre del año 2015, el Ministerio de Salud de la Nación emitió las resoluciones 1507, 1508 y 1509 /2015 vinculadas a la donación de sangre, mediante las que se puso fin a la discriminación institucional hacia la comunidad LGTBIQ+ (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales, queers), a quienes se les impedía donar, como también a la exigencia por parte de los hospitales de reposición de sangre a un/a paciente que necesite o no transfusiones. La decisión de la Resolución estuvo atravesada por un cambio de paradigma en el criterio sanitario que sustituye al viejo concepto de “grupos de riesgo” por la consideración de “situaciones o prácticas de riesgo incrementado.” Una medida que fue reparatoria en pos de problematizar el estigma construido en torno a la población LGTB como “grupo de riesgo”. Concretamente, esta norma modifica la Resolución Nº 865/2006, reglamentaria de la Ley Nº 22.990, que contenía un cuestionario (anamnesis) de donación de sangre con una exclusión de las personas gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales e intersexuales.

El INADI junto a las organizaciones de la sociedad civil, ha formado parte de la búsqueda de esta medida reparatoria. Es de suma importancia poder adquirir una nueva mirada en lo que respecta a la donación de sangre, una medida más de no discriminación en un país donde las políticas públicas hacen que todos podamos sentirnos reconocidos como iguales, por este motivo en la nota presentada se insto a las autoridades a retirar la cartelería discriminatoria y reemplazarla por una inclusiva que integre y asegure el reconocimiento de los derechos humanos, el acceso integral a la salud sin discriminación y su efectiva implementación para toda la ciudadanía.