El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer en un plazo de 24 horas las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas en la provincia, además de abonar los haberes retenidos a sus titulares.
La resolución, firmada por el juez Guillermo Díaz Martínez, también prohibió al organismo continuar con auditorías basadas en la normativa cuestionada hasta que haya una sentencia definitiva.
El fallo respondió a un amparo colectivo que denunció la inconstitucionalidad del decreto 843/24, que endureció los requisitos para acceder a estos beneficios. Los demandantes señalaron que las auditorías fueron “irregulares y lesivas”, con notificaciones defectuosas, plazos exiguos y trabas que afectaron el derecho de defensa de los pensionados.
El juez consideró acreditada la vulneración de derechos de un sector especialmente vulnerable y el riesgo de daños irreparables por la demora en la resolución. La medida tiene alcance en Catamarca, pero podrá servir como antecedente en otros casos del país.