viernes, julio 26, 2024
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El acoso sexual callejero se incorpora al código de faltas provincial

La Cámara de Diputados, que preside el diputado Fernando Jalil, dio media sanción a la ley que tiene por objeto prevenir y sancionar el acoso sexual, verbal o físico, en espacios públicos o de acceso público, que hostiguen, maltraten o intimiden y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas, basados en su condición de género, identidad y/u orientación sexual. El proyecto fue presentado por el diputado Juan Denett.

En la normativa se entiende por Acoso Sexual en espacios públicos o de acceso público a las conductas físicas o verbales de naturaleza o connotación sexual, basadas en el género, identidad y/u orientación sexual, realizadas por una o más personas en contra de otra u otras, quienes no desean o rechazan estas conductas en tanto afectan su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, integridad y libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos y en los espacios privados de acceso público. 

Especifica que el acoso sexual en espacios públicos o de acceso público puede manifestarse en las siguientes conductas: comentarios sexuales, directos o indirectos al cuerpo; fotografías y grabaciones no consentidas; contacto físico indebido u no consentido; persecución o arrinconamiento y gestos obscenos u otras expresiones. 

El Poder Ejecutivo implementará campañas de concientización sobre el acoso sexual en espacios públicos o de acceso público y sobre el contenido de la presente Ley. 

La misma incorpora al Código de Faltas de la Provincia de Catamarca, aprobado por la Ley 5171, dentro del capítulo VI, título II, el Artículo 105 Bis. En el mismo se establece el Acoso sexual en espacios públicos o de acceso público y que quien acosare sexualmente a otro, en lugares públicos o privados de acceso público, siempre que el hecho no constituya delito, será sancionado con diez Unidades de Multa (10 U. M.), o el cumplimiento de tareas comunitarias, de acuerdo a la gravedad de la falta. 

La Secretaría de Estado de Seguridad Democrática de la Provincia de Catamarca, será en tanto la Autoridad de Aplicación de la normativa.

El despacho fue fundamentado en el recinto por la diputada Cecilia Guerrero, quien celebró la iniciativa de su par Denett.  

En tanto el autor de la misma dijo que es necesario la incorporación del “Acoso Sexual Callejero”, como contravención regulada dentro del Código de Faltas de  nuestra Provincia.  

Ya en la fundamentación había manifestado que “es innegable, que en los últimos años, el acoso sexual en ámbitos de la vía publica, es una de las problemáticas que más alarman a la sociedad, tanto a nivel Provincial como Nacional, por su constante presencia y con una marcada tendencia hacia el género femenino.  

A Nivel Nacional según la Defensoría del Pueblo, 8 de cada 10 mujeres sufren este tipo de acoso.

Durante el tratamiento del proyecto se hicieron presente en el recinto integrantes de la Dirección Mujer, Infancia y Familia “Casa de la Mujer”, encabezada por Ana Castro.

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