jueves, junio 19, 2025
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La UIF apeló el fallo por las coimas de Odebrecht en el soterramiento del tren Sarmiento

Según indicaron a Infobae fuentes judiciales, la UIF -a través de María Eugenia Talerico, vicepresidente del organismo- presentó la apelación, al sostener que la interpretación del juez implicó “minimizar los hechos y la responsabilidad de quienes participaron ellos”. Habló además de una calificación “arbitraria” de los hechos cuando “es claro” que el delito investigado es cohecho. Según dijo, hay una “contradicción argumental que ensaya para procesar a unos, sobreseer a otros o dictarles la falta de mérito”.

El 15 de abril pasado, Martinez De Giorgi entendió que aún faltaban pruebas para determinar si la hipótesis que indica que Odebrecht y sus socias locales IECSA, Comsa y Ghella pagaron coimas a funcionarios públicos para conseguir la obra del soterramiento del ferrocarril y para ello se llevaron adelante distintas irregularidades en el proceso.

Sin embargo, procesó a los principales funcionarios del ex Ministerio de Planificación (Julio De Vido, Roberto Baratta, Ricardo Jaime y su testaferro Manuel Vázquez, Juan Pablo Schiavi y José López) por delitos de negociaciones incompatibles. A los de menor rango, les imputó el incumplimiento de los deberes de funcionario. E incluyo un procesamiento para Jaime y Vazquez por recibir a dádivas de IECSA y Comsa, por lo que también procesó a tres empresarios que están señalados de haberlas entregado.

La novedad del fallo, sin embargo, implicó la falta de mérito para la mayoría de los empresarios que habían participado en el proceso de licitación y que desfilaron por Comodoro Py. Y también la homologación de un acuerdo con el Ministerio Publico de Brasil para que lleguen las pruebas que se obtuvieron allí en el marco del proceso abierto por las distintas investigaciones de LavaJato.

En ese marco, en su rol de querellante, la UIF presentó ahora su apelación para que los jueces de la Sala II de la Cámara Federal Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia reviertan el criterio del juez, teniendo en cuenta resoluciones anteriores que habían instado al magistrado a acelerar el proceso.

El fallo, dijo la UIF, “exhibe una falta de coherencia que hasta permitiría invalidarlo como acto jurisdiccional pues, las conductas descriptas por el juez a lo largo del resolutorio encontrarían repercusión típica en los delitos de cohecho y de defraudación a la administración pública”. Sin embargo, añadió, “el magistrado se desvía de ese corolario lógico, para resolver situaciones procesales de modo apresurado y forzando una calificación menor que impacta en el desarrollo de la investigación de los hechos y de sus partícipes”.

“Es claro entonces que no sólo la calificación legal elegida para procesar, es arbitraria y no abarca integralmente los hechos de la causa,  sino que además intenta elevar a juicio a algunos (en caso de obtenerse la confirmación del procesamiento) o lo que es más grave,  poner fin a una parte del proceso con relación a otras personas -a las que sobresee- sin la totalidad de la prueba necesaria agregada, tal como lo refleja la misma resolución”, sostuvo.

La UIF también atacó los sobreseimientos dictados para la esposa y los hijos de Vázquez, la mano derecha del ex secretario de Transporte Ricardo Jaime que en marzo pasado se había “arrepentido” ante la sospecha de que sus familiares pudieran ser perjudicados en el expediente. Esa declaración bajo la ley del arrepentido no fue homologada porque el ex asesor de Vázquez tuvo que someterse a una operación del corazón que lo obligó a estar internado varias semanas.  A criterio de la querella, los sobreseimientos “resultan prematuros e infundados en tanto no se logra demostrar la certeza necesaria para la des-vinculación de Julián y Mariano Vázquez, ni el de Marta Margarita Domínguez”.

La UIF le pidió así a la Cámara Federal  que se haga “una interpretación global de los hechos investigados en autos a fin de arribar a una correcta calificación legal de las conductas desplegadas por los imputados.“, y que se le ordene al juez “acelerar la incorporación de la prueba al proceso para definir de un modo ajustado a derecho, la situación procesal de todos los imputados”.

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