miércoles, abril 23, 2025
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Multa por no votar: monto y qué pasa si no voté

Se celebran las Elecciones presidenciales y quienes no asistan el día de los comicios deberán pagar una muta económica en el caso de no justificar la ausencia. Además pueden ser anotados en el registro de infractores.

Este domingo 22 de octubre se celebran las Elecciones 2023 en la República Argentina. Quienes se ausenten a los comicios deberán justificarlo ante la Justicia Nacional Electoral (JNE) o de lo contrario recibirán multas. Conocé los valores.

¿De cuánto es la multa por no votar en las Elecciones 2023?
Las multas varían entre los $50 y los $500 para los electores mayores de 18 años y menores de 70. El valor variará según la cantidad de veces que la persona se haya ausentado a votar en elecciones anteriores. Quienes no abonen la infracción, no podrán realizar trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante un año.

Las multas por no votar quedan de la siguiente manera:

. Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50.
. Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100.
. Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200.
. Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
. Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.

Se podrán pagar a través del Banco de la Nación Argentina por transferencia o en efectivo de forma presencial en cualquiera de sus sedes. Podés consultar si adeudás alguna multa acá: https://www.electoral.gob.ar/nuevo/index.php

¿Qué sucede si no se paga la multa por no votar en las elecciones 2023?
Aquellos que no paguen la multa por no haber votado serán registrados como infractores, lo que implica restricciones en la realización de trámites durante un año, como la obtención del pasaporte, y la imposibilidad de ser designados para funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

¿Cuál es el plazo para justificar la ausencia de voto en las elecciones 2023 ante la Justicia Nacional Electoral?
Según el artículo 125 del Código Nacional Electoral, la justificación ante la Justicia Nacional Electoral debe realizarse dentro de los sesenta días posteriores a la elección correspondiente.

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