La ANMAT advierte a la población a través de varias disposiciones, que los tres productos cometen diversas infracciones sanitarias.
A través de tres Disposiciones, publicadas este martes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la elaboración y comercialización en el país de un aceite de oliva, una de miel y un agua. Los tres productos cometían infracciones a la normativa sanitaria.
En primer lugar, a través de la Disposición Nº1031/2022 se prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” del aceite de oliva extra virgen marca “Los Olivos”, RNPA N° 13007137, elaborado y envasado por RNE N° 12001875, Sierras de Córdoba.
El producto carecía “de autorización de establecimiento y de producto”, y estaba “falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes”, por lo que resultó ser “ilegal”.
El organismo ordenó retirar del mercado “todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 13529821 y RNPA N° 13938214 por ser productos falsamente rotulados”. Sus números eran “inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales”.
Asimismo, la ANMAT ordenó detener “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” de la “Miel de Monte y Multifloral”, marca Néctar Serrano, elaborada por David Medina Ibarbalz N° 1181.
El organismo determinó que el envase carecía “de registros sanitarios” y no indicaba la leyenda: “No suministrar a niños menores de 1 año”, resultando ser “un producto ilegal”.